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¿Qué es la RMI?


La RMI o Renta Mínima de Inserción es una prestación económica integrada por la suma de una prestación mensual básica y un complemento variable, en función de los miembros que forman parte de la unidad de convivencia, con objeto de satisfacer las necesidades básicas de la misma, cuando estas no pueden obtener del trabajo, ni de pensiones o prestaciones de protección social.

La solicitud junto a la documentación acreditativa se presentan de forma presencial en el centro municipal de Servicios Sociales que le corresponda a la persona interesada.
Una vez cumplimentada y verificada la documentación necesaria, los servicios sociales del municipio remitirán la solicitud a la Consejería de Familia y Asuntos Sociales.
Según la ley, en un plazo de 3 meses desde la entrada del expediente, la consejería dictará la resolución de concesión o denegación de la prestación de RMI y se informa al interesado.

(Actualmente el tiempo de resolución se está tardando unos 18 meses aproximadamente, debido al elevado número de solicitudes)
La ley 15/2001 de RMI de la Comunidad de Madrid reconoce a sus ciudadanos un doble derecho social:
  • El derecho a una prestación económica para hacer frente a las necesidades básicas de la vida cuando no pueda obtenerlos del empleo o de regímenes de protección social.
  • El derecho a recibir apoyos personalizados para su inserción social y laboral.
La RMI pretende complementar la acción de otros sistemas públicos de protección dirigiéndose a sectores de exclusión y pobreza, por lo que dicha prestación tiene un carácter subsidiario y complementario. 

Para más información sobre el procedimiento de la RMI, os facilito el siguiente documento:
Ley de RMI, Comunidad de Madrid. CCOO de Madrid

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