¿QUE ES EL SAAD?
El Sistema de Atención
a la Autonomía y la dependencia (SAAD), es una red de utilización pública que
integra de forma coordinada, centros y servicios, públicos y privados, que se
constituye sobre la estructura de Servicios Sociales Autonómicos, para dar
servicio a aquellas personas que se encuentran en situación de dependencia.
El SAAD, establece diferentes niveles de protección a las personas en situación de dependencia
1. Nivel de protección mínimo, garantizado por el Estado para todos los ciudadanos dependientes en cualquier parte del territorio del Estado español. Este nivel, no queda determinado en la propia Ley de dependencia, sino que será establecido por el Gobierno que aporta financiación al Sistema por cada uno de los beneficiarios reconocidos como dependientes según su grado, únicamente para las prestaciones previstas en el programa individual de atención
2. Nivel de protección acordado, por la ADG y las CC.AA en el Consejo Territorial. La aportación de la CC.AA. será al menos igual o superior que la del Estado Central que irá destinada no solo al catalogo de servicios o prestaciones, sino también de gestión de equipos de valoración, así como a la inversión de obras y equipamientos.
3. Nivel de protección adicional: Establece que las CC.AA. podrán mejorar el nivel de prestaciones o las condiciones de los usuarios con cargo exclusivo a sus propios presupuestosSegún la Ley 39/2006 de Promoción de la autonomía y atención a las personas en situación de dependencia, conocida popularmente como Ley de Dependencia, se reconoce a los ciudadanos/as en situación de dependencia un derecho universal y subjetivo que se puede traducir en la concesión de una serie de prestaciones (económicas o en forma de servicio) destinadas a ayudar y mejorar la calidad de la vida de las personas dependientes y a promocionar su autonomía.
Una vez reconocido el derecho y una vez asignado el grado correspondiente, conjuntamente con Servicios Sociales, se elabora el PIA (Programa Individual de Atención) que tiene como objetivo fundamental el establecer que servicios y/o prestaciones son más adecuadas para cada persona dependiente.
Una de las características propias de la Ley, es que se trata de una norma de aplicación progresiva, en la que se ha establecido un calendario de efectividad del derecho a la prestación que por motivos de la crisis económica y social a la que se encuentra sometida nuestro país es muy probable que se amplíen.
Según la Disposición final primera de la Ley de Dependencia,
modificada por el Real Decreto-ley 20/2012 de 13 de julio, de medidas para
garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, la
efectividad del derecho quedaría así establecida:
AÑO DE APLICACIÓN
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GRADO DE
DEPENDENCIA
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2007
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Grado III (Nivel
1 y 2)*
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2008 – 2009
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Grado II (Nivel
2)
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2009 – 2010
|
Grado II (Nivel
1)
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2011
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Grado I (Nivel 2)
con prestación concreta reconocida
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Julio 2015
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Grado I (Nivel 2
y 1)
|
*Con el Real Decreto del 2012, desaparecen los niveles y actualmente
solo se valora el grado de dependencia.
¿CUÁL ES LA REALIDAD?
Actualmente, la realidad es que no se están cumpliendo los
plazos en el reconocimiento de ayudas a la dependencia y la causa fundamental
de que esto ocurra es la falta de liquidez, como así constatan comunidades
autónomas como Andalucía, Aragón, Baleares, Comunidad Valenciana, Canarias y
Murcia.
Según los últimos datos
publicados por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) a 31 de
Enero del 2013, existen 189.427 personas en España a las que se les ha reconocido
el derecho a acogerse a alguna prestación, pero que se encuentran a la espera
de recibirla.
En la siguiente imagen
se puede visualizar, el porcentaje de personas con derecho a la prestación que
no la reciben a nivel Estatal y por Comunidades Autónomas:
Fuente: El país.
No solo se está
incumpliendo el plazo máximo de 6 meses para reconocer el derecho para acceder
a la prestación (con un retraso de 8 – 9 meses aproximadamente) sino
que no se está cumpliendo el principio de universalidad que establece la ley en
el acceso a las prestaciones en condiciones de igualdad efectiva y no
discriminación ya que según afirma el tribunal de
cuentas, depende del lugar de residencia del beneficiario, este accederá antes
o después a las ayudas.
¿QUÉ CONSECUENCIAS TIENE?
Las consecuencias
de este retraso en la efectividad del derecho, no solo es a nivel particular de
la persona afectada, sino también a nivel familiar y social.
La familia y
concretamente la mujer, es en mayor medida la que se encarga de la atención y
los cuidados a las personas dependientes, que también influida por la situación
de crisis económica en la que nos
encontramos, presentan graves dificultades para poder llevar a cabo esos
cuidados que la persona necesita, ya que conllevan una serie de gastos a nivel
económico de los que no disponen. Además la persona
cuidadora necesita destinar mucho tiempo a esos cuidados, lo que en ocasiones
no es posible, debido a que la persona cuidadora necesita ponerse a trabajar
para sustentar dichos cuidados, así como la economía familiar y pueden quedar
sin cubrir las necesidades de la persona dependiente derivando a un aumento de
su vulnerabilidad social y poniendo en peligro la integridad de la persona.
También, es posible
que se dé el efecto contrario, es decir, que un miembro de la familia
(mayoritariamente la mujer) que se encontraba trabajando, tenga que abandonar
su trabajo para proporcionar los cuidados a la persona dependiente, lo que
supone una pérdida de autonomía de la mujer y una quiebra en la economía
familiar.
A nivel social,
tiene muchas consecuencias, pero la más importante es la pérdida de derechos sociales
a la que progresivamente nos están sometiendo con los conocidos “recortes” que
como escusa de la situación económica del país está utilizando el gobierno para
implantar políticas neoliberales, así como con las diferentes reformas que se
están implantando o promoviendo.
Como Trabajadores y trabajadoras sociales, no solo
estamos inmersos en esta realidad de forma diaria, ya que somos los encargados
de seguir el procedimiento y tener contacto directo con las personas, sino que
tenemos una función muy importante como agentes activos de cambio para luchar
contra esta pérdida de derechos.






